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Mostrando entradas de diciembre, 2012

Cuál es el estado actual en Argentina
(Parte III)

Como vemos en el contexto actual de la Firma Digital en Argentina, se ha regulado de manera estricta los requisitos para constituirse como ACL, cuestión que tiene su lógica al comprender los riesgos de la prestación de un servicio irresponsable por parte de alguna empresa. Creemos que estos requisitos tendrían consecuencias positivas en los ciudadanos que contratemos con ellos, pero queda la duda si el contexto económico social de nuestro país, brinda las herramientas como para que empresas u organismos interesados puedan cumplir con tales demandas. Con ello no queremos decir que se deban bajar las exigencias, sino que reflexionamos acerca de la posibilidad real de que las condiciones fácticas se puedan dar, para que finalmente existan empresas que tengan interés en emitir certificados digitales válidos en nuestro país. Sabemos que todos los requisitos se pueden cumplir perfectamente y en otros países, muchas empresas en su normal funcionamiento y sin llegar a p...

Cuál es el estado actual en Argentina
(Parte II)

En nuestro país, la PKI -Infraestructura de Clave Pública- está encabezada por su ACR -Autoridad Certificante Raíz- que es la Subsecretaría de Gestión Pública de la Nación, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que a su vez ha delegado las funciones de Ente Licenciante a la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información -ONTI-. El Ente Licenciante ha designado hace no mucho tiempo, a dos ACL -Autoridad Certificante Licenciada- AFIP y ANSES, ambas autorizadas para la emisión de certificados digitales dentro del ámbito de sus funciones es decir, el ámbito público. De manera que en la actualidad, en nuestro país, no existe ACL que emita certificados digitales para su utilización en el ámbito privado, dejando a esta potente herramienta tecnológica sólo para unos pocos privilegiados del ámbito público, donde la realidad muestra que la utilización de la FD es bastante escasa. La única alternativa existente hoy en día para los ciudadanos, es la emi...

Cuál es el estado actual en Argentina
(Parte I)

La Ley 25.506 de Firma Digital es de Diciembre de 2001, pero el uso que se le da es muy limitado y el potencial que tiene no se explota como tal. En el ámbito público se utiliza muy poco, restringido a algunos organismos públicos y para la parte privada es prácticamente inexistente. La ley menciona dos características básicas que tiene la Firma Digital ser susceptible de verificación por terceras parte, tal que dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma es decir Autoría e Integridad. La Autoría significa, de acuerdo al art. 7, que se presume, salvo prueba en contrario, que toda firma digital pertenece al titular del certificado digital que permita la identificación de dicha firma. La Integridad, de acuerdo al art. 8, que se presume, salvo prueba en contrario, que este documento firmado digitalmente no ha sido modificado desde el momento de su firma. Ambos caracteres, son la fue...