Autoridad de Registro

La Ley Nacional 25.506 de Firma Digital establece una jerarquía, mediante la que se propaga la confianza desde un ente raíz, designado en la ley,  llegando finalmente hasta el suscriptor de un certificado digital.

Dentro de esa jerarquía existen distintos actores que cumplen funciones fijadas expresamente y uno de ellos es la Autoridad Registrante (AR). Constituida entre la Autoridad Certificante Licenciada y los suscriptores, la AR cumple un rol determinante en la identificación de los usuarios, futuros poseedores de una firma digital.

La AR es una parte de la Autoridad Certificante Licenciada (ACL) que realiza la autenticación de la identidad y de la condición del solicitante de un certificado digital. La condición se refiere a requisitos que establece la Polí­tica de Certificación para la emisión de certificados, como por ejemplo, ser empleado público, pertenecer a un determinado colegio profesional que acredite la matrí­cula, etc.

También existe la figura de Autoridad Registrante Delegada, que se da cuando la ACL delega en un tercero las funciones propias de la identificación de los usuarios solicitantes.

Existen diferentes modelos en la práctica, donde el proceso de autenticación se realiza en una ubicación fí­sica dentro de la misma ACL ó bien fí­sicamente en otra ubicación, geográficamente separada de la ACL. Por otra parte, podemos decir que nuestro modelo de Infreastructura de Clave Pública (PKI) muestra que una ACL puede tener una o varias AR.

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